{"id":26589,"date":"2024-04-26T15:19:50","date_gmt":"2024-04-26T15:19:50","guid":{"rendered":"https:\/\/calisnacional.com\/?p=26589"},"modified":"2024-04-26T15:19:50","modified_gmt":"2024-04-26T15:19:50","slug":"draxton-centro-federal-de-conciliacion-y-registro-laboral-debe-declarar-invalida-la-consulta-espuria-llevada-a-cabo-por-sindicato-charro-y-empresa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/calisnacional.com\/?p=26589","title":{"rendered":"DRAXTON: CENTRO FEDERAL DE CONCILIACI\u00d3N Y REGISTRO LABORAL DEBE DECLARAR INV\u00c1LIDA LA CONSULTA ESPURIA LLEVADA A CABO POR SINDICATO CHARRO Y EMPRESA"},"content":{"rendered":"\n<p><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li><em>A pesar de que desde noviembre de 2023 la mayor\u00eda de la base trabajadora eligi\u00f3 al SINTTIA para representarles, sindicato charro y empresa siguen maniobrando para violar la voluntad expresada en las urnas.<\/em><\/li><li><em>La base trabajadora desaira la consulta realizada el 4 de abril para validar la negociaci\u00f3n contractual espuria realizada por el sindicato afiliado a la CONASIM, que ni siquiera alcanza quorum.<\/em><\/li><li><em>En apego a la LFT, el Centro Federal debe declarar inv\u00e1lida dicha consulta.<\/em><\/li><\/ul>\n\n\n\n<p><strong>Irapuato, Guanajuato, 25 de abril de 2024<\/strong>. En una expresi\u00f3n contundente de rechazo al contubernio entre la empresa y el sindicato patrona afiliado a la CONASIM, la base trabajadora de la empresa Draxton le hizo el vac\u00edo a la consulta para validar la negociaci\u00f3n contractual realizada ileg\u00edtimamente. De 443 trabajadores y trabajadoras con derecho a voto, solamente 139 se presentaron a las urnas el pasado 4 de abril y 129 votaron a favor, con lo que no se cumple con el requisito de validez manifestado en el Art\u00edculo 390 Ter de la Ley Federal del Trabajo. \u00c9ste se\u00f1ala que el convenio debe ser aprobado por la mayor\u00eda de los trabajadores cubiertos por el mismo.<\/p>\n\n\n\n<p>La negociaci\u00f3n ileg\u00edtima y la consulta para validarla son parte de las maniobras que el sindicato charro y la empresa vienen realizando desde que el SINTTIA gan\u00f3 la elecci\u00f3n por la titularidad del contrato colectivo en noviembre pasado, impidiendo que la base trabajadora sea representada por el sindicato de su elecci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El conflicto en Draxton inici\u00f3 en junio del 2023, luego de que la empresa y el sindicato tomaran represalias contra trabajadores que se estaban organizando de manera independiente. Esto incluso motiv\u00f3 la intervenci\u00f3n del Mecanismo de Respuesta R\u00e1pida del T-MEC, que orden\u00f3 diversas acciones para que se respetara la libertad sindical de los trabajadores.<\/p>\n\n\n\n<p>Posteriormente, el SINTTIA, a pedido de las y los trabajadores, present\u00f3 demanda para disputar la titularidad del contrato colectivo. El 30 de noviembre de 2023, el SINTTIA result\u00f3 ganador del recuento con un contundente 61.7% de votos a favor y bajo la observaci\u00f3n de funcionarios de la OIT y el INE, poniendo fin a los m\u00e1s de 20 a\u00f1os de control patronal ejercido por medio del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Metal Mec\u00e1nica y del Acero, Similares y Conexas &#8220;Lic. Benito Pablo Ju\u00e1rez Garc\u00eda&#8221;, afiliado a la CONASIM.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, el sindicato patronal ech\u00f3 mano de recursos jur\u00eddicos para intentar desconocer la decisi\u00f3n mayoritaria de la base trabajadora y seguir detentando el contrato colectivo. A pesar de que el pasado 12 de diciembre se dio a conocer la sentencia favorable al SINTTIA, el sindicato de la CONASIM interpuso un amparo acusando irregularidades infundadas, intentando ganar mediante argucias lo que perdi\u00f3 claramente en la votaci\u00f3n. Lamentablemente, el Tribunal Laboral Federal de Asuntos Colectivos le concedi\u00f3 una \u201csuspensi\u00f3n de efecto\u201d provisional, lo que ha permitido que el sindicato rechazado por las y los trabajadores siga actuando en su nombre, incluyendo emprender el proceso de revisi\u00f3n salarial y contractual.<\/p>\n\n\n\n<p>El acuerdo de revisi\u00f3n entre la empresa y el sindicato patronal fue sometido a consulta de validaci\u00f3n el pasado 4 de abril. La base trabajadora, ratificando que su representaci\u00f3n est\u00e1 en manos del SINTTIA, decidi\u00f3 no acudir a la consulta, dej\u00e1ndola sin validez.<\/p>\n\n\n\n<p>Ahora, y en estricto apego a lo dictado por la LFT, el Centro Federal de Conciliaci\u00f3n y Registro Laboral debe negar la validez a dicha consulta. Ser\u00eda lamentable y un peligroso precedente contra la libertad sindical que se otorgara validez a un proceso a todas luces ilegal e ileg\u00edtimo. &nbsp;&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Ratificamos que seguir dando largas a la conclusi\u00f3n del proceso de titularidad mediante maniobras legaloides significa objetivamente un obst\u00e1culo al ejercicio de la libertad sindical y la negociaci\u00f3n colectiva, como se demuestra con esta negociaci\u00f3n espuria.<\/p>\n\n\n\n<p>Esperamos que las autoridades laborales, tanto el Centro Federal como el Tribunal que tiene en sus manos la resoluci\u00f3n del amparo, se apeguen al esp\u00edritu de la reforma laboral y de la Ley Federal del Trabajo para respetar el derecho a la libertad sindical de las y los trabajadores. Por su parte, la empresa debe aceptar la voluntad de la base trabajadora y realizar cualquier negociaci\u00f3n con el sindicato libremente elegido para ello: el SINTTIA.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A pesar de que desde noviembre de 2023 la mayor\u00eda de la base trabajadora eligi\u00f3 al SINTTIA para representarles, sindicato charro y empresa siguen maniobrando para violar la voluntad expresada<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":26443,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[8,4],"tags":[],"class_list":{"0":"post-26589","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","6":"hentry","7":"category-comunicados","8":"category-noticias"},"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/calisnacional.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/26589","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/calisnacional.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/calisnacional.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/calisnacional.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/calisnacional.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=26589"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/calisnacional.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/26589\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":26590,"href":"https:\/\/calisnacional.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/26589\/revisions\/26590"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/calisnacional.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/26443"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/calisnacional.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=26589"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/calisnacional.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=26589"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/calisnacional.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=26589"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}