{"id":26661,"date":"2024-10-01T03:05:27","date_gmt":"2024-10-01T03:05:27","guid":{"rendered":"https:\/\/calisnacional.com\/?p=26661"},"modified":"2024-10-01T03:05:27","modified_gmt":"2024-10-01T03:05:27","slug":"conferencia-internacionallibertad-y-democracia-sindical-en-mexico-y-norteamerica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/calisnacional.com\/?p=26661","title":{"rendered":"<strong>CONFERENCIA INTERNACIONAL<br>LIBERTAD Y DEMOCRACIA SINDICAL EN M\u00c9XICO Y NORTEAM\u00c9RICA<\/strong>"},"content":{"rendered":"\n<p>CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES<\/p>\n\n\n\n<p>Los d\u00edas 10 y 11 de septiembre de 2024, se realiz\u00f3 en la Ciudad de M\u00e9xico la <em>Conferencia Internacional sobre Libertad y Democracia Sindical en M\u00e9xico y Norteam\u00e9rica: Retos del Cap\u00edtulo Laboral del TMEC y de la Reforma Laboral, <\/em>con la participaci\u00f3n de autoridades laborales, expertos laboralistas y organizaciones civiles y sindicales de M\u00e9xico, Estados Unidos y Canad\u00e1. Como resultado del debate y el intercambio de experiencias, a continuaci\u00f3n, se presentan algunas de las conclusiones y recomendaciones formuladas por las y los participantes, con el objetivo de contribuir al respeto y efectivo ejercicio de los derechos humanos laborales, particularmente del derecho a la libertad sindical y la aut\u00e9ntica negociaci\u00f3n colectiva:<\/p>\n\n\n\n<p>1.- Despu\u00e9s del tan significativo el proceso de legitimaci\u00f3n de contratos colectivos, ahora es necesaria una reflexi\u00f3n amplia sobre las consecuencias en la contrataci\u00f3n colectiva provocada por la desaparici\u00f3n de cientos de miles de \u00e9stos. Hace falta transparentar una estimaci\u00f3n precisa de qu\u00e9 centros de trabajo reales se quedaron sin contrato colectivo. Una consecuencia es la posibilidad de que los patrones puedan prescindir de sindicatos y contratos colectivos, lo que debilitar\u00eda la contrataci\u00f3n colectiva en lugar de fortalecerla. Es necesario tambi\u00e9n que, como incluso ha admitido el Centro Federal de Conciliaci\u00f3n y Registro Laboral (CFCRL), se realice una auditor\u00eda independiente, de las consultas y contratos legitimados, pues existe presunci\u00f3n de que muchas de \u00e9stas fueron en esencia simuladas.<\/p>\n\n\n\n<p>2.- Normar con mayor precisi\u00f3n la existencia de sindicatos minoritarios para evitar que las mafias sindicales encuentren resquicios para vulnerar a los sindicatos independientes que han ganado la titularidad leg\u00edtimamente. Se requiere que el marco legal sea adecuado para normar con claridad la coexistencia democr\u00e1tica de m\u00e1s de una organizaci\u00f3n sindical, si fuere el caso, sin que se vulneren el derecho a la libre sindicalizaci\u00f3n, pero tampoco la titularidad bien habida ni la plena negociaci\u00f3n colectiva a cargo de las organizaciones sindicales aut\u00e9nticas y leg\u00edtimas.<\/p>\n\n\n\n<p>3.- Resulta alarmante que, a trav\u00e9s de la v\u00eda judicial y la actuaci\u00f3n de tribunales pueda ser anulado de facto el nuevo modelo laboral y la libertad sindical alcanzada por medio de trampas \u201cjur\u00eddicas\u201d, protegiendo los intereses de las antiguas mafias sindicales por encima de la voluntad libre de las y los trabajadores.<\/p>\n\n\n\n<p>4.- Es necesario alertar tambi\u00e9n sobre el hecho de que se est\u00e1n manteniendo relaciones privilegiadas por parte de las autoridades laborales y funcionarios en el poder con centrales y sindicatos corporativos y de protecci\u00f3n patronal, en lugar de privilegiar el di\u00e1logo con el sindicalismo aut\u00e9ntico. La interlocuci\u00f3n institucional est\u00e1 a\u00fan acaparada por el sindicalismo corporativo.<\/p>\n\n\n\n<p>5.- Es necesario revisar y vigilar a cabalidad que los sindicatos cumplan en los hechos con las reformas estatutarias exigidas por la ley, y que los procesos de elecci\u00f3n de dirigencias sindicales sean verdaderamente democr\u00e1ticos.<\/p>\n\n\n\n<p>6.- El ejercicio de la libertad sindical s\u00f3lo tiene sentido si culmina con una aut\u00e9ntica negociaci\u00f3n colectiva que permita una mejora de las condiciones laborales de las y los trabajadores. Igualmente, no debe limitarse el derecho de huelga en aras de que exista ausencia de huelgas o una supuesta \u201cpaz laboral\u201d como par\u00e1metro de que hay libertad sindical o negociaci\u00f3n colectiva.<\/p>\n\n\n\n<p>7.- Aunque la aplicaci\u00f3n del nuevo modelo est\u00e1 significando un enorme esfuerzo institucional y financiero, muchos de los problemas detectados podr\u00edan solucionarse con una mayor y m\u00e1s eficiente pol\u00edtica presupuestal que apuntale los elementos clave del nuevo modelo, tales como una mayor supervisi\u00f3n cotidiana en los centros de trabajo.&nbsp;La definici\u00f3n de presupuestos a largo plazo pueden ser clave para que los objetivos de la reforma laboral realmente sean alcanzados.<\/p>\n\n\n\n<p>8.- Es obligaci\u00f3n del Estado implementar campa\u00f1as m\u00e1s agresivas y amplias de difusi\u00f3n y capacitaci\u00f3n sobre el nuevo modelo y los derechos laborales reforzados hacia las y los trabajadores, pues no se pueden ejercer si no se conocen. El crecimiento de las constancias de representatividad por parte de organizaciones del viejo corporativismo y la aparente reducci\u00f3n de disputas por titularidad muestran que, a pesar de las nuevas disposiciones y herramientas formalmente disponibles, la mayor\u00eda de estas organizaciones corporativas y blancas contin\u00faan ejerciendo el mismo control sindical.<\/p>\n\n\n\n<p>9.- Construcci\u00f3n de un instrumento nacional y soberano similar al Mecanismo Laboral de Respuesta R\u00e1pida del TMEC que permita, en casos justificados, acelerar la acci\u00f3n de distintas instituciones del Estado mexicano a fin de garantizar el respeto a los derechos humanos laborales, en especial en materia de libertad sindical.<\/p>\n\n\n\n<p>10.- Revisi\u00f3n de la plena ejecuci\u00f3n de las reformas estatutarias y mecanismos de sanci\u00f3n para sindicatos que no las apliquen plenamente. Del mismo modo, son necesarias sanciones para aquellos \u201cdirigentes sindicales\u201d que reiteradamente han violentado y atentado contra el derecho de asociaci\u00f3n y negociaci\u00f3n colectiva, pues actualmente no est\u00e1n enfrentando consecuencias por sus pr\u00e1cticas ampliamente probadas.<\/p>\n\n\n\n<p>Respecto a las sanciones por violaci\u00f3n a derechos laborales, la LFT establece sanciones a sindicatos y empresas, pero no a funcionarios o servidores p\u00fablicos que obstaculicen el ejercicio de la libertad sindical y la negociaci\u00f3n colectiva. Deben establecerse.<\/p>\n\n\n\n<p>11.- Derogaci\u00f3n del \u201cApartado B\u201d de la LFT: No hay democratizaci\u00f3n posible si no desaparece esta diferenciaci\u00f3n entre trabajadores que atenta contra el derecho a la libertad sindical.<\/p>\n\n\n\n<p>12.- Existe todav\u00eda una importante brecha en el acceso a medios suficientes para la verificaci\u00f3n y seguimiento de la implementaci\u00f3n y funcionamiento del nuevo modelo, se requieren mecanismos de acceso a la informaci\u00f3n que den certeza de que los procesos de elecci\u00f3n de directivas, revisiones contractuales, etc., realmente se est\u00e9n desarrollando conforme al esp\u00edritu de las nuevas medidas. A su vez, se requiere que el CFCRL, en conjunto con otras dependencias, construya un indicador confiable y regular de la tasa de sindicalizaci\u00f3n y especialmente de la cobertura de negociaci\u00f3n colectiva.<\/p>\n\n\n\n<p>13.- Es necesario que las instituciones del nuevo modelo laboral se fortalezcan de modo tal que cuenten con los medios humanos, jur\u00eddicos y financieros suficientes para combatir la simulaci\u00f3n sindical que se ha detectado ampliamente.<\/p>\n\n\n\n<p>En el mismo sentido, se requiere garantizar que el voto sea verdaderamente libre a partir de la vigilancia de organismos laborales no solamente durante los ejercicios de consulta y de elecciones sindicales, sino tambi\u00e9n durante el periodo previo.<\/p>\n\n\n\n<p>14.- Es urgente que se cuenten con medios confiables, rigurosos y de f\u00e1cil acceso para comprobar efectivamente la aplicaci\u00f3n plena de los criterios de proporcionalidad de g\u00e9nero en la constituci\u00f3n de las directivas sindicales, as\u00ed como para la vigilancia del cumplimiento de la no discriminaci\u00f3n en t\u00e9rminos del acceso al trabajo, y tambi\u00e9n se tiene que revisar su permanencia y promoci\u00f3n en el mismo.<\/p>\n\n\n\n<p>15.- Respecto a los protocolos contra la violencia de g\u00e9nero, tendr\u00edan que partir de algunos puntos m\u00ednimos, por ejemplo, una visi\u00f3n basada en los Derechos Humanos, una perspectiva de g\u00e9nero y en apego a lo dispuesto por la OIT, el T-MEC, la LFT y las leyes marco en materia de acceso a una vida libre de violencia de g\u00e9nero. Adem\u00e1s, ser\u00eda adecuado contar con comit\u00e9s asesores que acompa\u00f1en y hagan propuestas sobre los protocolos, pero especialmente que contribuyan a verificar su implementaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>16.- Implementaci\u00f3n de acciones afirmativas para promover la participaci\u00f3n de las mujeres en materia sindical, incorporadas directamente en la ley.<\/p>\n\n\n\n<p>17.- La perspectiva de g\u00e9nero debe estar presente de manera transversal en el conjunto de disposiciones laborales, tanto en la esfera nacional como internacional. Esto incluye la incorporaci\u00f3n de m\u00e1s mujeres como panelistas en el MLRR.<\/p>\n\n\n\n<p>18.- En referencia a la discusi\u00f3n sobre el Sistema Nacional de Cuidados, consideramos que la Secretar\u00eda de Trabajo y Previsi\u00f3n Social (STyPS) deber\u00eda ser involucrada en la discusi\u00f3n y definici\u00f3n, pues es necesario construir un equilibrio entre la vida laboral y general, combatiendo la precarizaci\u00f3n y flexibilizaci\u00f3n laboral sin derechos. Adem\u00e1s, es necesaria la ratificaci\u00f3n del convenio 156 de la OIT, sobre los trabajadores con responsabilidades familiares.<\/p>\n\n\n\n<p>19.- Construcci\u00f3n de una agenda trinacional en torno a dos ejes: a) La expansi\u00f3n del Mecanismo Laboral de Respuesta R\u00e1pida hacia otros sectores econ\u00f3micos y la ampliaci\u00f3n de su aplicaci\u00f3n hacia Estados Unidos y Canad\u00e1. B) Es necesaria &nbsp;la mejora de los procedimientos de construcci\u00f3n de mecanismos de remediaci\u00f3n, particularmente la homologaci\u00f3n de la forma de actuar de los pa\u00edses firmantes en relaci\u00f3n con las quejas.<\/p>\n\n\n\n<p>20.- Explorar la posibilidad de establecer un \u00f3rgano trinacional, independiente y aut\u00f3nomo, de seguimiento&nbsp;de la aplicaci\u00f3n del Cap\u00edtulo Laboral del TMEC.<\/p>\n\n\n\n<p>21.- Participaci\u00f3n del sindicalismo democr\u00e1tico mexicano en la pr\u00f3xima revisi\u00f3n del tratado de libre comercio.<\/p>\n\n\n\n<p>22.- El impulso, en el marco del T-MEC, de una pol\u00edtica p\u00fablica trinacional tendiente a la homologaci\u00f3n salarial y de est\u00e1ndares laborales en general entre los pa\u00edses firmantes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\">Ciudad de M\u00e9xico,<br>septiembre de 2024.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES Los d\u00edas 10 y 11 de septiembre de 2024, se realiz\u00f3 en la Ciudad de M\u00e9xico la Conferencia Internacional sobre Libertad y Democracia Sindical en M\u00e9xico y<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[8,4],"tags":[15,48],"class_list":{"1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","5":"hentry","6":"category-comunicados","7":"category-noticias","8":"tag-comunicados","9":"tag-conferencia-libertad-sindical"},"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/calisnacional.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/26661","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/calisnacional.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/calisnacional.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/calisnacional.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/calisnacional.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=26661"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/calisnacional.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/26661\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":26662,"href":"https:\/\/calisnacional.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/26661\/revisions\/26662"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/calisnacional.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=26661"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/calisnacional.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=26661"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/calisnacional.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=26661"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}